- Fiscal
- junio 24, 2019
Para tener el derecho a la devolución del IVA
Se debe acreditar el traslado del impuesto al consumidor final mediante alguno de los actos previstos en la ley.
De los artículos 1, 4, 5 y 6, de la Ley del IVA, vigente en 2012, se desprenden los actos o actividades comerciales que generan el impuesto respectivo y también se advierte que, para la recaudación del impuesto, intervienen dos sujetos, quienes en la doctrina fiscal son llamados contribuyente directo o jurídico y sujeto económico.