- Fiscal
- julio 09, 2019
Información de donativos en anual de PF: Efecto de cumplimiento espontáneo
Qué sucede cuando el contribuyente cumple con la obligación de manera espontánea.
El artículo 90, párrafos segundo y tercero de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) dispone que las personas físicas residentes en México están obligadas a informar en la declaración del ejercicio sobre los préstamos, donativos y premios obtenidos en dicho periodo, siempre que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000.