- Fiscal
- agosto 06, 2019
Improcedencia de la devolución de saldo a favor
Resulta legal la declarada en una resolución determinante.
Si la autoridad demandada, una vez ejercidas sus facultades de comprobación al contribuyente, llega a la determinación que no resultaba procedente la devolución de un saldo a favor que efectuó al contribuyente auditado, derivado de la presentación de una declaración de impuestos, la misma se encuentra ajustada a derecho, sin la necesidad de interponer juicio de lesividad en contra de la devolución efectuada.