- Fiscal
- agosto 14, 2019
Las autoridades están facultadas para considerar la información en su poder
Así como la obtenida en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, independientemente de que corresponda al ejercicio fiscal revisado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del CFF, los hechos que conozcan las autoridades fiscales con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación, o bien, que consten en los expedientes, documentos o bases de datos que lleven, tengan acceso o en su poder, las autoridades fiscales, así como aquellos proporcionados por otras, podrán servir para motivar las resoluciones de la SHCP y de cualquier otra autoridad u organismo descentralizado competente en materia de contribuciones federales.