- Fiscal
- agosto 20, 2019
Consecuencia de la no presentación del expediente administrativo.
O de su exhibición incompleta por la autoridad demandada.
La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo permite a los demandantes ofrecer pruebas, entre ellas el expediente administrativo en que se haya dictado la resolución impugnada, entendiéndose por este el que contenga toda la información relacionada con el procedimiento que dio lugar a dicho acto.