- Fiscal
- enero 08, 2020
¿Constancias de salarios por 2019?
Revisión a las disposiciones actuales y a las prácticas patronales sobre constancia de sueldos y salarios.
Hasta la legislación vigente en 2013, el Artículo 118 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) previó que una de las obligaciones de los patrones era la de “proporcionar (a los trabajadores) constancias de remuneraciones cubiertas, de retenciones efectuadas y del monto del impuesto local a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que les hubieran deducido en el año de calendario de que se trate”.