Anexos 1, 5, 7, 9, 14 y 17 de la Miscelánea Fiscal 2005

Formato para informar operaciones superiores a $100 mil; actualización de cantidades.

Con fecha 6 de abril de 2006, se publican en el Diario Oficial de la Federación los anexos 1, 5, 7, 9, 14 y 17 de la Décima Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, publicada el 31 de marzo de 2006, cuyo contenido se comenta a continuación. Anexo 1. Formas oficiales Se aprueba el formato 35 "Declaración Informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a 100,000.00 pesos", el cual consiste en un programa electrónico www.sat.gob.mx, y cuya presentación será a través de Internet. Cabe recordar que esta obligación establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), se deberá cumplir presentando la información de los meses de enero y febrero de 2006, en una declaración por cada mes ante el SAT, a más tardar el 17 del mes de abril de 2006. El mes de marzo tiene este mismo vencimiento, y las declaraciones de abril de 2006 en adelante se deben presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que correspondan. Asimismo, se da a conocer el listado de requisitos mínimos que deberán contener las formas oficiales que publiquen las Entidades Federativas para el paro del Impuesto sobre la Renta (ISR) y Valor Agregado (IVA), para aquellas personas que tributen en el Régimen de Pequeños Contribuyentes. Anexo 5. Cantidades actualizadas Se publican las cantidades actualizadas para el Código Fiscal de la Federación (CFF), que están vigentes a partir del 1° de enero de 2006, mismas que pueden ser consultadas en la sección "Uso Frecuente" de Fiscalia, en la carpeta de "Cantidades". También se dan a conocer las cantidades actualizadas de 20 y 200 veces el salario mínimo general elevado al año, para efectos de la Regla Miscelánea 2005 11.6. Por último, se publica el factor que se utiliza para la actualización de las cantidades contenidas en el CFF señalado en la Regla 2.1.13, el cual es de 1.1094. Anexo 7. Valores colocados entre el gran público inversionista En este anexo se incluyen, excluyen y modifican acciones, valores gubernamentales, otros valores, títulos opcionales y certificados bursátiles, que se consideran colocados entre el gran público inversionistas. Anexo 9. Actualizaciones para bienes Se da a conocer la tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, para la actualización de las deducciones que señala el artículo 148 de la Ley del ISR. Asimismo, se publican las tablas de factores de actualización de activos fijos, gastos, cargos diferidos y terrenos a que se refiere la regla 4.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005. Anexo 14. Donatarias autorizadas Se actualiza la lista de autorizaciones, revocaciones, autorizaciones no renovadas, actualizaciones y rectificaciones de donatarias autorizadas a recibir donativos deducibles para efectos del ISR. Anexo 17. Instituciones financieras extranjeras Se da a conocer el Registro de Bancos, Entidades de Financiamiento, Fondos de Pensiones y Jubilaciones y Fondos de Inversión del Extranjero, para los efectos de los artículos 179, 195, fracciones I, II y IV, 196, fracción II, 197 y 199 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Parte de la información contenida en estos anexos de la Resolución Miscelánea, puede ser consultada en la sección "Uso Frecuente" de Fiscalia.  

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