- Fiscal
- febrero 18, 2020
Autoridad puede dejar insubsistente visita domiciliaria ante violación formal
Y emitir nueva orden de visita dirigida al contribuyente.
La autoridad exactora se encuentra posibilitada para, de oficio y por una sola vez, dejar insubsistente un procedimiento de visita ya iniciado mediante la notificación de la orden correspondiente y que aún no ha concluido mediante el levantamiento del acta final, o bien, la emisión liquidatoria relativa, siempre que las circunstancias que hayan dado lugar a esa determinación se encuentren debidamente fundadas y motivadas en una causa de ilegalidad formal.