- Fiscal
- febrero 21, 2020
Notificación de la resolución definitiva respecto del procedimiento del artículo
Debe considerarse como notificada al momento en que la notificación se realiza al contribuyente a través del buzón tributario.
El procedimiento administrativo previsto en el artículo 69-B del CFF establece la presunción de inexistencia de operaciones, el cual inicia cuando la autoridad detecta que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.