- Fiscal
- marzo 13, 2020
Constituye una resolución definitiva impugnable ante el TFJA
La negativa ficta que se configure respecto del procedimiento de aclaración previsto en el artículo 17-H del CFF vigente en 2018 y en la regla 2.2.4 de la RMF para ese año.
La noción de 'agravio en materia fiscal' prevista en la Ley Orgánica del TFJA, para efectos de la procedencia del juicio de nulidad, constituye un concepto amplio y susceptible de dar cobertura a muchas formas en que se manifiestan las relaciones de la autoridad hacendaria con los contribuyentes. Por ejemplo, cuando una resolución administrativa les irrogue perjuicio, derivado de la aplicación de las disposiciones fiscales.