- Fiscal
- marzo 18, 2020
La adhesión al Recurso de Revisión Fiscal debe hacerse ante el colegiado
No ante la sala que dicta la sentencia recurrida.
La actuación de las Salas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el trámite del recurso de revisión fiscal es limitada y concluye con la remisión de los autos al Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente, con lo que cesa su jurisdicción para intervenir en dicho medio de impugnación.