Plazo adicional para presentar dictamen fiscal ante Infonavit

Comunicado del Infonavit que otorga facilidad para el cumplimiento de la obligación.

A través de un comunicado publicado en su página de Internet, el INFONAVIT informa a los patrones que no hubieran presentado aún el dictamen fiscal del ejercicio 2005 ante el Instituto, podrán hacerlo a más tardar el 15 de agosto de 2006, sin que se generen sanciones a cargo de los patrones. El plazo original para cumplir con esta obligación vence el 31 de julio, pero con esta facilidad se otorgan 15 días más. A continuación se transcribe el aviso del Instituto: Ampliación de plazo en la entrega del Dictamen Fiscal Si su Empresa no ha estado en posibilidades de presentar el Dictamen Fiscal por el ejercicio Fiscal 2005, El INFONAVIT ha otorgado una ampliación de plazo para el cumplimiento de esta obligación, modificando la fecha de presentación que vencía el 31 de julio de 2006 al 15 de agosto de 2006. Aproveche el plazo para cumplir en tiempo con la obligación que marca el artículo 29 Fracción VIII de la Ley del INFONAVIT Le recordamos que estas acciones no generan ninguna sanción a su cargo. Existen razones para Dictaminarse, y ¡Qué mejor utilizando el SICOP!  

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