- Fiscal
- agosto 30, 2006
Anexo 1 de la RMF: Nuevos formatos e instructivos fiscales
Detalle de la información a presentar en materia de IVA; Inscripción de trabajadores al RFC.
El Anexo 1 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2006, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de agosto de 2006.
En este anexo se dan a conocer los nuevos formatos e instructivos fiscales para cumplir con las obligaciones de presentar información al SAT a partir de octubre de 2006, mismos que se comentan a continuación:
FORMATOS Se dan a conocer los siguientes formatos:
RX - Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes. Se presenta por duplicado. Forma de libre impresión.
A-29 - Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Programa electrónico. Se presenta por Internet en www.sat.gob.mx.
La información que se presentará a través de este formato se señala a continuación:
INFORMACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR O TERCERO
Tipo de tercero:
Proveedor Nacional
Proveedor Extranjero
Accionistas, Socios o Integrantes
Retenciones (excepto proveedores)
Proveedor global
Tipo de operación:
Dividendos provenientes de CUFIN
Dividendos no provenientes de CUFIN
Utilidades por reembolso o reducción de capital
Utilidades por liquidación de la persona moral
Dividendos provenientes de CUFINRE
Remanente distribuido por personas morales no lucrativas
Adquisición de otros bienes intangibles
Premios
Prestación de Servicios Profesionales
Arrendamiento de Inmuebles
Intereses
Otros
IEPS retenido a contribuyentes
RFC
Numero de id fiscal
Nombre del extranjero
País de residencia
Nacionalidad
INFORMACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Valor de los actos o actividades pagados a la tasa del 15% de IVA
Total de los actos o actividades pagados a la tasa del 15% de IVA
Monto del IVA pagado no acreditable a la tasa del 15% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Total del IVA pagado no acreditable a la tasa del 15% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Valor de los actos o actividades pagados a la tasa del 10% de IVA
Total de los actos o actividades pagados a la tasa del 10% de IVA
Monto del IVA pagado no acreditable a la tasa del 10% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Total del IVA pagado no acreditable a la tasa del 10% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Valor de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 15% de IVA
Total de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 15% de IVA
Monto del IVA pagado no acreditable por la importación a la tasa del 15% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Total del IVA pagado no acreditable por la importación a la tasa del 15% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Valor de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 10% de IVA
Total de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 10% de IVA
Monto del IVA pagado no acreditable por la importación a la tasa del 10% (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)
Total del IVA pagado no acreditable por la importación a la tasa del 10% (correspondientes en la proporción a las deducciones autorizadas)
Valor de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios por los que no se pagara el IVA (exentos)
Total de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios por los que no se pagara el IVA (exentos)
Valor de los demás actos o actividades pagados a la tasa del 0% de IVA
Total de los demás actos o actividades pagados a la tasa del 0% de IVA
Valor de los actos o actividades pagados por los que no se pagara el IVA (exentos)
Total de los actos o actividades pagados por los que no se pagara el IVA (exentos)
IVA retenido por el contribuyente
Total de IVA retenido por el contribuyente
Total de IVA trasladado al contribuyente excepto importaciones de bienes y servicios (pagado)
Total de IVA pagado en las importaciones de bienes y servicios
IVA correspondiente a las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre compras
Total del IVA correspondiente a las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre compras
INSTRUCTIVO En lo que respecta a instructivo, se dan a conocer nuevos lineamientos para la información a incluir en la inscripción de asalariados al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
La información de los archivos que se presentan para realizar este trámite deberá contener cuatro campos delimitados por comas, exceptuando el primer registro del archivo en cuestión, de acuerdo a lo siguiente:
Primer registro del archivo Debe ser la clave de RFC del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda, Persona Moral o Persona Física.
Registros subsecuentes Deberán contener 4 columnas delimitados por comas:
Primera columna. CLAVE CURP A 18 POSICIONES del asalariado.
Segunda columna: Fecha de Inscripción o Suspensión de la relación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA.
Tercera columna: Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6.)
Asalariados con ingresos mayores a $300,000.00.
Asalariados con ingresos menores o iguales a $300,000.00.
Asimilables a salarios con ingresos mayores a $300,000.00.
Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $300,000.00.
Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos mayores a $300,000.00.
Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos menores o iguales a $300,000.00.
Cuarta columna: Tipo de aviso para el asalariado en cuestión de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1 o 2).
Inscripción
Suspensión
Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías.
FORMAS DEROGADAS Se derogan las formas oficiales R-1 "Solicitud de inscripción al registro federal de contribuyentes" y R-2 "Avisos al registro federal de contribuyentes cambio de situación fiscal", así como sus Anexos 1 al 9.
Se deroga la tarjeta tributaria.
Se deroga la Constancia de inscripción en el RFC, y se da a conocer una nueva constancia.