El derecho al acreditamiento de IVA

Tratándose de la enajenación de naves industriales, nace cuando la enajenación cumple los requisitos que la legislación civil establece para operaciones de bienes inmuebles.

En términos del artículo 4° de la Ley del IVA, el acreditamiento consiste en restar el impuesto que al contribuyente se le hubiese trasladado o él hubiese pagado con motivo de una importación, de la cantidad que resulte de aplicar, a los valores señalados en ley, la tasa que corresponda, según sea el caso.

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