Oficio de conclusión de la revisión de gabinete

Debe satisfacer el requisito de debida motivación.

El artículo 42 del CFF establece que las autoridades fiscales, a fin de comprobar que los contribuyentes han cumplido con las disposiciones fiscales estarán facultadas para requerir a los contribuyentes que exhiban la contabilidad, así como que proporcionen los datos, otros documentos o informes que se les requieran a efecto de llevar a cabo su revisión.

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