- Fiscal
- marzo 05, 2007
Lineamientos para solicitar condonación de créditos fiscales
Se debe contar con FIEL y con fondos para realizar el pago en 6 días a partir de notificación.
El Artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2007 establece un beneficio consistente en la condonación de créditos fiscales generados hasta antes del 1° de enero de 2003, así como de recargos y multas generadas entre el 1° de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2005.