Si no retuve el 6% de IVA en 2021, ¿es deducible ese gasto?

Análisis de las disposiciones que regulan el requisito de retener el impuesto.

Durante 2020 y una parte de 2021 estuvo vigente un supuesto de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una tasa del 6% sobre servicios de subcontratación de personal, actividad que quedó prohibida a partir de la reforma en materia de subcontratación laboral, a partir de septiembre de 2021, por lo que de enero a agosto de 2021 sí estuvo vigente esta retención, de ahí la importancia del análisis que se presenta en este artículo.

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