- Fiscal
- mayo 02, 2007
Vigencia de comprobantes fiscales: Para todos
Modificación al a Regla Miscelánea 2.4.19. que generaliza requisito de vigencia de comprobantes.
Los comprobantes fiscales deberán ser utilizados por el contribuyente en un plazo máximo de dos años. La fecha de vigencia deberá aparecer impresa en cada comprobante. Transcurrido dicho plazo se considerará que el comprobante quedará sin efectos para las deducciones o acreditamientos previstos en las Leyes fiscales. Esto se establece en el segundo párrafo del Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).