Naturaleza jurídica y requisitos del acreditamiento del ISR

Pagado en el extranjero contra aquel a cargo en territorio nacional.

La dinámica de las relaciones comerciales internacionales y la existencia de sistemas jurídicos disimiles puede acarrear fenómenos de doble imposición jurídica internacional derivada de la aplicación de impuestos similares en dos o más jurisdicciones tributarias, a un mismo contribuyente respecto de la misma materia imponible y por el mismo periodo, lo cual ocasiona fenómenos de doble tributación que afectan negativamente el comercio internacional. En este contexto, como método unilateralmente previsto por el Estado Mexicano para evitar o aminorar la doble imposición jurídica se encuentra el previsto en el artículo 5, primer párrafo, de la Ley del ISR, a través del cual se otorga el derecho al acreditamiento de los residentes en México, del ISR pagado en el extranjero contra aquel a su cargo en territorio nacional, siempre que cumpla con los requisitos siguientes:

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