Recurso de revisión fiscal improcedente

Contra sentencia emitida en juicio sumario que declara nulidad por inaplicación de precepto.

El Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito determina que es improcedente y, por tanto, debe desecharse el recurso de revisión fiscal interpuesto en contra de una sentencia emitida en un juicio tramitado en la vía sumaria, previsto en los artículos 58-1 al 58-15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), en la que se haya resuelto declarar la nulidad con motivo de la inaplicación de un precepto legal, en ejercicio del control difuso de la constitucionalidad, por no actualizarse la hipótesis contenida en el primer párrafo del Artículo 63 de la Ley, que reserva exclusivamente su procedencia para las resoluciones emitidas por el Pleno, las Secciones de la Sala Superior o por las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

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