Tratamiento de IVA en servicios de publicidad al extranjero

Análisis de los diversos criterios interpretativos de las normas aplicables.

La Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) indica que se calculará el impuesto a una tasa del 0% al aprovechamiento en el extranjero de servicios de publicidad prestados por residentes en el país.

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