Limitante para deducir intereses superiores a 20 MDP: Es proporcional

Corte define que la medida no viola el Principio de Proporcionalidad Tributaria.

El Artículo 28, fracción XXXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), vigente a partir del uno de enero de 2020, no vulnera el principio de Proporcionalidad Tributaria, pues no prohíbe, sino que limita la deducción de intereses netos como instrumento para desalentar el sobreendeudamiento de las empresas con la finalidad de disminuir la base impositiva y con ello el pago de impuestos, así como el traslado de utilidades entre empresas.

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