- Fiscal
- julio 25, 2007
Despensas en efectivo no son deducibles en ISR
No tiene la característica de los vales de despensa, que sí son deducibles.
La razón es que, sin desconocer que implican un beneficio económico para el trabajador, su destino es indefinido, ya que no necesariamente se emplearán en la adquisición de los alimentos y otros bienes necesarios que aseguren una vida decorosa para el trabajador y su familia; por tanto, no se traducen en un ahorro derivado de la no utilización de parte del salario en su adquisición que produzca una mejoría en su calidad de vida.