- Fiscal
- octubre 04, 2007
Multa: Debe estar fundamentada en la miscelánea que actualizó las cantidades
Tesis aislada de Tribunal Colegiado de Circuito.
El 5 de enero de 2004 se publicó una reforma al Código Fiscal de la Federación. En esta reforma el Artículo Segundo Transitorio, en su fracción III establece que todas las cantidades del Código se encuentran actualizadas y son las vigentes a partir de la entrada en vigor de dicho decreto, el cual entró en vigor el 1° de enero de dicho año.