- Fiscal
- abril 09, 2008
Factor de acumulación de intereses del extranjero para PF
SAT difunde proyecto de Regla Miscelánea 3.17.13.
Las personas físicas que obtengan ingresos por intereses del extranjero derivados de depósitos, inversiones o créditos otorgados, tienen la obligación de acumularlos a sus demás ingresos acatando el procedimiento establecido en el Artículo 168 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).