Aseguramiento de bienes o de la negociación por el SAT

No debe confundirse con el embargo precautorio.

El aseguramiento tiene como característica principal la actuación del gobernado frente al ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad, esto es, para comprobar que cumpla con las normas en materia fiscal, mas no en garantizar el interés fiscal ante un crédito previamente determinado.Así lo establece tesis aislada del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito publicada en junio de 2008.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.