- Fiscal
- febrero 02, 2009
Cálculo de moratorios en pago de lo indebido
Si se calculan a partir de que se niegue la solicitud de devolución o de que venzan los plazos para efectuarla, y no de que se realice el pago, no se viola el principio de equidad.
Así lo establece tesis aislada de la Segunda Sala de la SCJN, publicada en septiembre de 2008.