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- mayo 07, 2009
Análisis de la Resolución Miscelánea Fiscal 2009
Análisis detallado de los cambios a las reglas misceláneas para 2009.
Introducción
Libro I
Código Fiscal de la Federación
I.2.4.1. Forma de acreditar que los datos de la persona que expide un comprobante fiscal son correctos
I.2.4.3. Casos en los que no se requiere expedición de comprobantes por impresores autorizados
I.2.4.14. Estados de cuenta expedidos por instituciones de seguros o fianzas
I.2.6.2. Mercancía transportada de un local a otro del mismo propietario o poseedor
I.2.7.1. Opción para presentar pagos provisionales y definitivos
I.2.10.1. Organismos descentralizados y fideicomisos de la administración pública exceptuados de dictaminar sus estados financieros
I.2.19.2.Remate de automóviles extranjeros usados
Capítulo I.2.21. De los contribuyentes que opten por el Portal Tributario PyMEs
Impuesto sobre la Renta
I.3.1.1. Cuándo forman parte del sistema financiero las sociedades de ahorro y préstamo
I.3.3.8. Enajenación de certificados de fideicomisos accionarios
I.3.3.12. Requisitos de los fideicomisos accionarios
I.3.9.7. Supuestos y requisitos para recibir donativos deducibles
I.3.9.12. Causas para revocar o no renovar la autorización para recibir donativos deducibles
I.3.11.7. Opción de pago en parcialidades del ISR anual de las personas físicas
I.3.12.3. Cumplimiento de la obligación del Fedatario Público de señalar si el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación y requisitos de procedencia de la exención
I.3.17.1. No retención por el pago de intereses de organismos internacionales
I.3.17.4. Cálculo de intereses nominales por instituciones del sistema financiero
I.3.17.7. Retención del ISR diario por sociedades de inversión multiseries
I.3.20.2. Porcentaje de inversión de las FIBRAS
Impuesto Empresarial a Tasa Única
I.4.11. Compensación de ISR a favor contra IETU del ejercicio
Impuesto al Valor Agregado
I.5.4.1. Intereses que deriven de créditos de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y de sociedades financieras populares otorgados a sus socios
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
I.6.6. Registro ante el RFC y solicitud de marbetes o precintos, tratándose de contribuyentes que importen en forma ocasional bebidas alcohólicas
Derechos
I.9.8. Entidades Federativas coordinadas en materia de derechos por inspección y vigilancia
I.9.9. Entidades Federativas coordinadas en materia de derechos de pesca deportivo-recreativa
I.9.11. Entidades Federativas coordinadas en materia de derechos por el servicio de vida silvestre
I.9.12. Entidades Federativas coordinadas en materia de derechos de turismo
I.9.15. Entidades Federativas coordinadas en materia de derechos de concesión de zona federal marítimo terrestre
I.9.17. Entidades Federativas coordinadas en materia de derechos por uso, goce o aprovechamiento de inmuebles
Impuesto a los Depósitos en Efectivo
I.11.7. Depósitos a instituciones del sistema financiero
Ley de Ingresos de la Federación
I.12.5. Acreditamiento del IEPS por adquisición de diesel para maquinaria, vehículos marinos y de baja velocidad
Libro II
Código Fiscal de la Federación
II.2.1.1. Cobro de créditos fiscales determinados por autoridades federales.
II.2.1.2. Cobro de créditos fiscales impugnados
II.2.1.6. Impresión y llenado de formas fiscales
II.2.1.7. Procedimiento que debe observarse en la aplicación de estímulos o subsidios
II.2.2.2. Devolución de saldos a favor de IVA..
II.2.2.6. Formato de solicitud de devolución
II.2.2.7. Aviso de compensación
II.2.2.8. Autoridad competente para recepcionar solicitudes de devolución de saldos a favor en IVA con Declaratoria de contador público registrado
II.2.5.4. Valor de las impresiones de comprobantes fiscales digitales y sus requisitos
II.2.7.2. Declaraciones y avisos para el pago de derechos
II.2.7.3. Formas oficiales para pago de derechos
II.2.7.9. Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones
II.2.7.13. Presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet
II.2.8.1. Presentación del dictamen utilizando el programa SIPRED 2008
II.2.8.3. Envío de información sobre estados financieros de consolidación, de instituciones financieras y de establecimientos permanentes
II.2.8.12. Opción para organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos
II.2.10.1. Solicitud para dejar sin efecto una autorización de pago a plazos
II.2.11.3. Pólizas de Fianza
II.2.12.1. Pagos provisionales y definitivos de impuestos mediante transferencia electrónica de fondos
II.2.15.3. Presentación de declaraciones anuales complementarias vía Internet
II.2.18.1. Medios para presentar la declaración informativa múltiple
II.2.22.1. Pago de DPAs en ventanilla bancaria.
Impuesto sobre la Renta
II.3.1.2. Autorización de sociedades de objeto múltiple de nueva creación
II.3.3.1. Requisitos para solicitar la autorización para emitir monederos electrónicos
II.3.4.4. Solicitud de autorización para dejar de determinar su resultado fiscal consolidado
II.3.4.5. Autoridad competente para la presentación de la solicitud de autorización de desconsolidación y los avisos de desincorporación
II.3.12.1. Pagos de los contribuyentes del régimen de pequeños contribuyentes
II.3.18.1. Autoridad competente para presentar información de las empresas bajo el programa de albergue
II.3.19.3. Autoridad competente para presentar el aviso de pérdida de máquina, equipo o sistema fiscal
Ley del Impuesto al Valor Agregado
II.5.1.7. Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas, formato, periodo y medio de presentación
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
II.6.4. Obligaciones que se deben cumplir a través del programa -Declaración Informativa Múltiple del IEPS-
II.6.10. Representante legal autorizado para recoger marbetes o precintos
II.6.17. Información de control físico de volumen fabricado, producido o envasado a través del programa -MULTI-IEPS-
Decretos
II.13.1.9. Renovación de autorización para centros de destrucción
Transitorios
Anexos (Segundo, Tercero y Cuarto Transitorios)
Relevación de presentar aviso de compensación (Quinto Transitorio)
CIEC y CIECF