El subsidio para el empleo después de acreditamientos procede en devolución

Si en los plazos en que debe realizarse el entero del impuesto a cargo o del retenido de terceros, el patrón tiene saldo a favor derivado de agotar el esquema de acreditamiento del ISR, puede solicitarlo, por ser equiparable a la devolución del pago de lo indebido, en términos del indicado artículo 22. Así lo establece tesis aislada de la Segunda Sala de la SCJN publicada en abril de 2009.

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