- Fiscal
- junio 12, 2009
El subsidio para el empleo después de acreditamientos procede en devolución
Si en los plazos en que debe realizarse el entero del impuesto a cargo o del retenido de terceros, el patrón tiene saldo a favor derivado de agotar el esquema de acreditamiento del ISR, puede solicitarlo, por ser equiparable a la devolución del pago de lo indebido, en términos del indicado artículo 22.
Así lo establece tesis aislada de la Segunda Sala de la SCJN publicada en abril de 2009.