Reforma a la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado

Si el Estado niega la indemnización se podrá impugnar a través del recurso de revisión ante el TFJFA.

A través de decreto publicado el 12 de junio de 2009 se reforman los artículos 18, primer párrafo, 19, 23, 24 y 25, segundo párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (LFRPE).

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