- Laboral
- julio 03, 2009
5 de julio: Inhábil
La jornada electoral se considera día inhábil.
De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), son días de descanso obligatorio los que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.