- Fiscal
- julio 10, 2009
Los comprobantes deben contener el domicilio de la sucursal
Lo cual permite a la autoridad fiscal un control de los ingresos en forma diferenciada por local o establecimiento. El lugar que debe considerarse como domicilio fiscal no puede quedar sujeto a la voluntad de la autoridad hacendaria ni a lo que señale el particular.
Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN, publicada en marzo de 2009.