- Fiscal
- julio 08, 2009
Portal PYMEs: ¿Cuándo aviso? ¿Desde cuándo lo uso?
Confusión de disposiciones provocan incertidumbre en cuanto a las obligaciones del contribuyente.
Con la entrada en vigor de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2009, se puso en marcha el marco jurídico que regula el uso de la nueva aplicación computacional del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Portal Tributario PYMEs; sin embargo, existen reglas de uso que claramente se contraponen entre sí, provocando incertidumbre entre los contribuyentes.