- Fiscal
- agosto 11, 2009
Venta de alimentos preparados en tiendas de autoservicio: IVA a tasa general
SAT incorpora un nuevo criterio no vinculativo relativo a la enajenación de alimentos preparados.
El 25 de noviembre de 2008 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer un criterio en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA) relativo al tratamiento que debe tener la enajenación de productos preparados para su consumo en el lugar de enajenación.