- Fiscal
- septiembre 28, 2009
La asistencia técnica de extranjeros no necesariamente es beneficio empresarial
Se deben cumplir los elementos que los comentarios al convenio modelo de la OCDE establecen.
Si del artículo 7 del Convenio con EUA para Evitar la Doble Imposición y los Comentarios al Modelo de la OCDE no se desprende que el concepto de asistencia técnica quede incluido como beneficio empresarial, para determinar si alguna erogación efectuada por concepto de asistencia técnica puede constituir un beneficio empresarial en términos del referido tratado, se deben analizar las contratos o facturas en particular.