Destrucción, depuración y digitalización de expedientes de juzgados de distrito

Reducen de 5 a 3 los años para que los juzgados remitan a la SCJN los expedientes; 90 días para que las partes recojan documentos.

A través del Acuerdo 1/2009 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de octubre de 2009, se modifican los lineamientos para la depuración, conservación y destrucción de expedientes de juzgados de distrito.

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