- Comercio Exterior
- marzo 10, 2003
Significado de ''Régimen Similar en Términos de la Ley Aduanera''
Definición del concepto "Régimen Similar en los Términos de la Ley Aduanera" utilizado en la Ley del IVA.
El artículo 9° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado exenta del pago de dicho impuesto a la enajenación de bienes efectuada entre residentes en el extranjero o por un residente en el extranjero a una persona
moral que cuente con un programa autorizado conforme la Decreto que Establece Programas de Pitex, Maquiladora o un régimen
similar en los términos de la Ley Aduanera, o sean empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos
de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
Ahora bien, el concepto "Régimen Similar en los Términos de la Ley Aduanera" resultaba ambiguo e indefinido, razón por la cual a través de las Reglas
Generales de Comercio Exterior se modificó la Regla 5.2.3.
para indicar que se entenderá como régimen similar
las operaciones que se efectúen por empresas que cuenten
con programa de empresa de comercio exterior autorizado por la SE.
Esta regla fue modificada el 4 de marzo de 2003 a
través de la VII Resolución de Modificaciones a las
Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior
para 2002.