- Comercio Exterior
- marzo 18, 2003
Proveedores Nacionales: Opción para que les Retengan IVA
Opción para que a los proveedores nacionales se les retenga IVA en operaciones de comercio exterior.
Los proveedores nacionales que enajenen a empresas maquiladoras, PITEX, a empresas de comercio exterior
o empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de
vehículos de autotransporte, las mercancías a que
se refiere la fracción I del artículo 108 de la Ley,
que sean utilizadas en su proceso productivo aun cuando las mismas
no se encuentren dentro de su programa autorizado, el proveedor
nacional podrá optar porque se efectúe la retención
del IVA.
Esto se estableció a través de una
modificación a la Regla de Comercio Exterior 5.2.4. publicada
el 17 de marzo de 2003.