Disminución de pagos provisionales de ISR en segundo semestre

De la Ley no se desprende procedimiento especial alguno para disminuirlos.

Lo que debe de acreditar el solicitante a efectos de tramitar esa solicitud ante la autoridad es únicamente el hecho de que el coeficiente de utilidad que debe aplicar para determinar esos pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos.

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