- Fiscal
- mayo 31, 2010
Constitucional aplicar tasas diferentes a la enajenación de alimentos
Tasa 0% a la enajenación en estado original y otras tasas a los preparados para consumo.
El elemento objetivo que justifica el trato distinto en cuanto a la aplicación de las diversas tasas del tributo, lo constituyen los procesos realizados al alimento.