- Seguridad Social
- mayo 25, 2001
Reforma al Artículo 47 de la Ley del Infonavit
Reglas que permiten tomar en cuenta los ingresos adicionales de los trabajadores para la determinación del crédito.
El Consejo de Administración
del Infonavit expedirá reglas que permitan tomar en cuenta, para la determinación del monto de crédito del Infonavit, los ingresos adicionales de los trabajadores que no estén considerados como parte integrante de su salario base, siempre y cuando la cuantía, periodicidad y permanencia de tales ingresos sean acreditables plenamente y se
garantice la recuperabilidad de dichos créditos.