- Seguridad Social
- enero 06, 2002
Modificación en Tasas de E y M para Cuotas al IMSS
Las tasas para el cálculo de cuotas de Enfermedades y Maternidad se modifican a partir del 1º de enero de 2003.
De acuerdo con el artículo 2
transitorio publicado el 21 de noviembre de 1996, y el artículo
19 transitorio de la Ley del Seguro Social en vigor, las tasas aplicables
para el cálculo de las cuotas correspondientes al ramo de
Enfermedades y Maternidad, se modifican a partir del 1º de
enero de 2003, para quedar como sigue:
PRESTACIONES
HASTA
DICIEMBRE 31, 2002
A
PARTIR DE
ENERO 1, 2003
PATRÓN
TRABAJ
PATRÓN
TRABAJ
En especie
Salario < a 3 SMGDF
16.50%
0.00%
17.15%
0.00%
Salario > a 3 SMGDF
4.04%
1.36%
3.55%
1.20%
En dinero
0.70%
0.25%
0.70%
0.25%
SMDF = Salario Mínimo
del Distrito Federal
El sistema SUA proporcionado por el IMSS ya contempla
estas modificaciones.