- Fiscal
- noviembre 16, 2010
Para deducir pérdidas por enajenación de acciones
Se considerará el ingreso mayor entre el declarado y el del capital por acción.
Si el objeto gravado del ISR lo constituyen los ingresos, es sensato que en una pérdida por enajenación de acciones la capacidad contributiva del causante se mida en función de los que obtenga por ese negocio.