- Fiscal
- diciembre 08, 2010
Lo que debe hacerse cuando falta la contabilidad
Por inutilización, pérdida o robo de los libros o registros.
La obligación de mérito sigue vigente en tanto subsiste la facultad de la autoridad para verificar la veracidad de las operaciones, actos o actividades llevadas a cabo por el sujeto obligado durante el periodo correspondiente; por ende, en tales supuestos, el contribuyente ha de proceder a la reposición de la contabilidad, lo que puede realizar por concentración, esto es, mediante la compilación de la documentación que obtenga con proveedores, clientes y autoridades.