Tratado para evitar la doble tributación México - Uruguay

Tasa máxima de retención de 5% sobre dividendos, y 10% en intereses y regalías.

Con fecha 25 de noviembre de 2010 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Convenio para Evitar la Doble Tributación entre México y Uruguay.

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