- Fiscal
- febrero 20, 2003
Declaración Anual de Personas Físicas: Sólo en Marzo o Abril
Fechas en las que la declaración anual de personas físicas debe presentarse.
De acuerdo con el artículo 175
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la declaración anual
de las personas físicas se debe presentar únicamente
durante el mes de abril del año siguiente a aquél
al que corresponda; es decir, la declaración anual del ejercicio
2002 se presentaría solamente en el mes de abril de 2003.
No obstante lo anterior, a través de la Regla
Miscelánea 3.12.5. se estableció que las personas
físicas podrán presentar su declaración anual
correspondiente al ejercicio fiscal de 2002, ante las oficinas autorizadas,
durante el periodo comprendido entre los meses de marzo y abril
de 2003; es decir, se dio la facilidad de presentar la declaración
un mes antes del plazo establecido en ley.
Esta disposición fue publicada el 17 de octubre
de 2002 en el Diario Oficial de la Federación.