- Fiscal
- marzo 17, 2003
Asalariados con Ingresos Superiores a $300,000 en 2002: A Presentar Declaración
Personas físicas que están obligadas a presentar declaración anual aún cuando únicamente hayan obtenido ingresos por sueldos.
Los trabajadores que perciban ingresos
por salarios y que el monto de éstos hayan excedido de $300,000
pesos en el ejercicio 2002, estarán obligados a presentar
su declaración anual, lo cual podrán hacer durante
los meses de marzo y abril de 2003.
Cabe señalar que también
cuando los trabajadores se ubiquen en los siguientes supuestos deberán
presentar dicha declaración:
Cuando
además obtengan ingresos acumulables distintos de los
salarios
Cuando
se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará
declaración anual
Cuando
dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año
de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos
o más empleadores en forma simultánea
Cuando
obtengan ingresos, por los conceptos de salarios, de fuente
de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas
no obligadas a efectuar las retenciones correspondientes