- Fiscal
- marzo 31, 2003
Prórroga Para Pago de Tenencia y Condonación de Adeudos
Facilidades a los contribuyentes del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
Se condonan las cantidades que por concepto de actualización, recargos y multas, se hayan generado por la omisión de pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos correspondiente a los ejercicios fiscales anteriores
a 2003, siempre y cuando los contribuyentes de este impuesto realicen el pago de las contribuciones adeudadas a más tardar el 31
de mayo de 2003.
Además de lo anterior, Los contribuyentes
del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos podrán
pagar el gravamen correspondiente al ejercicio fiscal de 2003, a
más tardar el 30 de abril del mismo año, sin que para
estos efectos se deban pagar recargos o multas.
Esto se dio a conocer a través de decreto
publicado el 31 de marzo de 2003 en el Diario Oficial de la Federación.
Condonación
de adeudos de Tenencia y prórroga para 2003 (Documento
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