- Fiscal
- abril 08, 2003
¿Cómo Presentar Declaraciones Anteriores a Julio 2002?
Formatos que se podrán utilizar para la presentación de declaraciones de períodos anteriores.
Las formas oficiales aprobadas 1-E,
1-D, 1-D1 y 17, para el pago del ISR, IMPAC, IVA, IEPS, IVBSS o
ISCAS, únicamente continuarán vigentes respecto de
las declaraciones de pagos provisionales o definitivos anteriores
al mes de julio de 2002, incluyendo sus complementarias, extemporáneas
y de corrección fiscal.
Asimismo, las formas oficiales 2, 2-A, 3, 4, 6,
8 y 71, para cumplir con las obligaciones del ISR, IMPAC, IVA o
IEPS; únicamente continuarán vigentes respecto de
las declaraciones del ejercicio correspondientes a 2001 y ejercicios
anteriores, incluyendo sus complementarias, extemporáneas
y de corrección fiscal.
Esta disposición ya se encontraba vigente
en la Resolución Miscelánea 2002. Ahora, en la Resolución
Miscleánea 2003, se incluye en el artículo Cuarto
transitorio.