¿Cómo Presentar Declaraciones Anteriores a Julio 2002?

Formatos que se podrán utilizar para la presentación de declaraciones de períodos anteriores.

Las formas oficiales aprobadas 1-E, 1-D, 1-D1 y 17, para el pago del ISR, IMPAC, IVA, IEPS, IVBSS o ISCAS, únicamente continuarán vigentes respecto de las declaraciones de pagos provisionales o definitivos anteriores al mes de julio de 2002, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal. Asimismo, las formas oficiales 2, 2-A, 3, 4, 6, 8 y 71, para cumplir con las obligaciones del ISR, IMPAC, IVA o IEPS; únicamente continuarán vigentes respecto de las declaraciones del ejercicio correspondientes a 2001 y ejercicios anteriores, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal. Esta disposición ya se encontraba vigente en la Resolución Miscelánea 2002. Ahora, en la Resolución Miscleánea 2003, se incluye en el artículo Cuarto transitorio.

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