- Fiscal
- mayo 25, 2011
En actualizaciones la autoridad debe citar la fecha de publicación del INPC

De no hacerlo así, la resolución emitida no estaría debidamente fundada.
El gobernado debe tener certidumbre en cuanto a la forma en que la autoridad determina un crédito fiscal, por lo que en el rubro de actualizaciones de un crédito, se deben citar las fuentes de las que derivan los índices de inflación; es decir, las fechas del Diario Oficial de la Federación en que fueron publicados.